Resolución 240/23 MTEySS – Subsanación Administrativa del Marco Jurídico Acuerdo 58/01
Sobre el acuerdo
La Contribución Convencional Empresaria fue establecida a través de la incorporación del Acuerdo Nº 58/01, al Convenio Colectivo Nº 260/75 formando parte integrante del mismo, y homologado por Resolución Nº 227/01 de la Subsecretaría de Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo.
El Acuerdo Nro 58/01 establece una contribución empresaria mensual con destino a ADIMRA consistente en un 1% del total de las Remuneraciones brutas devengadas del personal convencionado en el Convenio Colectivo de Trabajo Nro 260/75.
Objetivo
La contribución empresarial le permite a ADIMRA y a las Cámaras Metalúrgicas Regionales y Sectoriales, integradas al Sistema, fortalecer la representación gremial empresaria de la Industria Metalmecánica Argentina, que viene ejerciendo desde el año 1904, defender los legítimos intereses de los empresarios metalúrgicos promoviendo la implementación de políticas generadoras de reactivación, e impulsar su desarrollo y crecimiento.
FORMAS DE PAGO
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